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Al declarar renta ten en cuenta: Claves de la Optimización tributaria.



#HoyEsImportante ser más conscientes de nuestras finanzas, por eso es clave tener claro cómo hacer una declaración de renta correctamente. Seguro este es un tema que has hecho antes, pero... ¿Lo has hecho de la manera adecuada?



Recuerda que presentar tu declaración de renta NO significa tener que pagar impuestos, pues hay personas que, aunque deban declarar renta, no pagan impuestos, como otras que presentan declaración y si deben hacerlo. Como regularmente ocurre con los trabajadores independientes que, al prestar un servicio, declaran automáticamente retención en la fuente.

Como sabes las fechas de declaración este año son desde el 11 de agosto al 21 de octubre.



Pero… ¿Quiénes deben declarar renta en el 2020?


• Todos aquellos que hasta el 31 de diciembre del 2019 tengan un patrimonio bruto superior a los 4.500 U.V.T (unidad de Valor Tributario) o $154.215.000 de pesos.

• Por tu nivel de ingresos, si estos fueron superiores a 1.400 U.V.T o $47.978.000

Pero no pases por alto estos 3 requisitos que la gente suele olvidar y que afectan el patrimonio que declaras.


• Si en el 2019 utilizaste tus tarjetas de crédito para pagos, compras o avances, y estos usos de dinero plástico superan los 1.400 U.V.T o $47.978.000 de pesos, también estás llamado a declarar renta.


• Si tus compras del año 2019 también superan 1.400 U.V.T o $47.978.000 de pesos.


• Y el último requisito, y no menos importante, son las consignaciones bancarias, pues durante el 2019 realizaste consignaciones mayores 1.400 U.V.T o $47.978.000 de pesos.


Consulta la fecha hasta la que tienes plazo de realizar tu declaración este año según tu número de cédula.

¿Te has dado cuenta que en el formulario de declaración de renta te encuentras con 3 reglones? Son para ubicar tu PATRIMONIO BRUTO, DEUDA Y PATROMONIO LIQUIDO.

Patrimonio bruto:


Así se definen los bienes y derechos apreciables en dinero poseídos al 31 de diciembre. (Un inmueble, vehículo, acciones u otras inversiones, como también los saldos en cuentas de ahorros)


Deuda:


O como denominarás a todo compromiso de pago hasta el 31 de diciembre de 2019, los cuales sean demostrables mediante facturas o documentación. Todas aquellas deudas que sean difíciles de demostrar necesitan de una prueba de deuda supletoria (como préstamos a familiares o amigos)

ART 767 del Estatuto Tributario.

Prueba supletoria

Es la alternativa para reportar todas aquellas deudas (pasivos) de difícil registro. Esta prueba servirá para registrar estas deudas en tu aclaración, pero siempre y cuando la persona a la que le debes incluya esta deuda como un activo en su declaración. ART 771 E.T



Patrimonio Líquido:

Es el resultado de tomar tu patrimonio bruto y restarle las deudas. Por ejemplo, si compraras un apartamento de $300´000.000 de pesos y pagaste la cuota inicial de $90´000.000 y financiaste el excedente con un banco, es decir $210´000.000 millones de pesos.


De ser así en tu declaración deberás incluir en el campo de Patrimonio Bruto, los $300´000.000 millones del costo del inmueble. En el renglón de deudas indicarás los $210´000.000 de pesos, que es lo que el banco te prestó, y en el reglón de patrimonio líquido ubicarás la diferencia, es decir, $90´000.000 millones de pesos.

Optimización tributaria

Presta especial atención a estas recomendaciones para optimizar tu carga tributaria. Cuando haces aportes para mejorar tu calidad de retiro, estos en teoría serían un activo, pero gracias a la ley tributaria en el artículo 125, todos los aportes voluntarios en un fondo de pensiones estarán exentos del pago de impuestos.

Pero esto tiene un límite, pues los aportes que realices durante un año, buscando beneficios tributarios, no pueden exceder el 30% de tus ingresos, si estos superan 3.800 U.V.T, $130´200.000 de pesos.

También debes cumplir una permanencia de estos aportes dentro del Fondo de Pensiones Voluntarios durante mínimo 10 años.

Pero puedes continuar con este beneficio siempre y cuando la razón por la que retiras tu ahorro sea para la adquisición de vivienda, ya sea financiada o no.

Y también puedes mantenerlos por el cumplimiento de los requisitos de pensión de acuerdo al régimen de seguridad social.

Al momento de realizar tu declaración de manera anticipada puedes hacer un proceso de depuración de deducciones y exenciones. Una vez, sumes tus ingresos (laborales, de capital y no laborales) deberás descontar como personal natural:

Deducciones: 1) Intereses de vivienda por si te encuentras pagando un apartamento, el gobierno te permite que los intereses pagados los puedo tomar como una deducción de 1200 UVT de intereses o $41.124.000 de pesos en mi declaración de renta.

2) Si tienes personas que dependan económicamente de ti, tienes derecho a una deducción de Dependientes (hijos menores de edad, hijos menores de 23 que estén estudiando y dependan económicamente, hijos con alguna limitación física o mental, conyugue que no gane más de un salario mínimo legal, o un familiar en segundo grado de consanguinidad que cumpla alguna de las características anteriores). De esta manera, puedes realizar una deducción del 10% del total de tus ingresos siempre y cuando estos no superen los 20 SMLV.

3) Si accedes un sistema de medicina prepagada para tu núcleo familiar, puedes tomar una deducción anual de hasta $6.580.000.


Rentas exentas



1) Aportes voluntarios al Fondo Voluntario de Pensiones, hasta el 30% del total de mis ingresos, máximo 3.800 UVT o $130.200.000 .


2) Renta Exenta como lo define el artículo 106 de estatuto tributario, en donde las personas que clasifiquen con cédula de renta neta para gravamen pueden considerar hasta el 25% de sus ingresos (máximo $98.698.000).

¿Quieres conocer un poco más acerca de cómo reducir tu carga tributaria? Comunícate con uno de nuestros Financial Planners, para ayudarte a crear un plan tributario a tu medida. O si quieres seguir indagando un poco más espera nuestro próximo artículo. No dejes de suscribirte a este blog para estar más informado.




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